Dentro del universo de más de 7 millones de licencias médicas que se emitieron en 2025, un tipo de este documento ha despertado dudas y cuestionamientos en las últimas semanas dentro del mundo laboral: la licencia médica retroactiva, aquella cuya fecha de inicio del reposo es anterior a la de su emisión.
La normativa chilena reconoce la existencia de situaciones en que un trabajador no puede obtener su licencia de forma inmediata. Frente a eso, la ley establece condiciones claras: una retroactividad de hasta dos días es admisible sin mayor justificación. Entre tres y siete días, el médico tratante debe fundamentar expresamente por qué no fue posible emitirla antes. Más allá de ese plazo, la normativa exige acreditar una situación de caso fortuito o fuerza mayor debidamente documentada.
Según Rodrigo Varela, Gerente Legal de ALTO INMUNE, “una licencia retroactiva no es por definición fraudulenta: puede ser completamente válida si el trabajador estuvo hospitalizado, si no había disponibilidad de horas médicas, o si enfrentó una situación de salud que le impidió actuar oportunamente. El problema surge cuando se emite sin ninguno de esos respaldos, como un mecanismo para sortear una situación laboral puntual. Ahí la normativa es clara: sin justificación médica documentada, la COMPIN o la ISAPRE está facultada para rechazarla”.
Una de las preguntas más frecuentes en el ámbito laboral es si una licencia retroactiva puede dejar sin efecto un despido ya ejecutado. La respuesta, según Varela, no es absoluta: depende de si la incapacidad era preexistente a la comunicación del término del contrato y de si la licencia fue validada por el organismo competente. En ningún caso la sola emisión del documento suspende automáticamente los efectos de la desvinculación.
“El despido es un acto jurídico que se perfecciona cuando el trabajador recibe la comunicación formal. Si con posterioridad a ese momento aparece una licencia retroactiva, la empresa no queda automáticamente expuesta: debe analizarse si esa incapacidad era real, si estaba vigente al momento del término y si el documento fue correctamente autorizado. Las empresas que llevan un proceso de desvinculación bien documentado tienen herramientas sólidas para enfrentar este tipo de situaciones”, recalca el ejecutivo.
Para las organizaciones, ignorar una licencia retroactiva válidamente emitida puede derivar en contingencias laborales de consideración, incluyendo demandas por despido injustificado o nulidad del despido. Por ello, desde ALTO INMUNE recomiendan a las empresas establecer protocolos internos de gestión de licencias que incluyan la verificación del estado de autorización ante la COMPIN o ISAPRE, el registro de comunicaciones y la asesoría legal oportuna. Entre las señales de alerta que pueden indicar un uso irregular destacan: la emisión de una licencia en los días inmediatamente posteriores a la notificación de un proceso disciplinario, la ausencia de antecedentes clínicos que respalden el reposo o la existencia de un patrón reiterado de licencias en contextos conflictivos.
“La COMPIN y la Superintendencia de Seguridad Social cuentan con facultades para investigar y sancionar a profesionales que emitan licencias sin el respaldo médico correspondiente. Las empresas también pueden impugnar una licencia autorizada por ISAPRE ante la COMPIN, dentro de los plazos que fija la normativa. Lo importante es actuar con información y dentro de los cauces legales: ni ignorar el documento ni aceptarlo de forma irreflexiva. Frente a una situación que genere dudas, la asesoría legal especializada marca la diferencia”, destaca Rodrigo Varela.
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