El Instituto de Salud Pública (ISP) decretó la prohibición de funcionamiento de tres locales de la cadena Farmacias Ahumada en Santiago. La medida se tomó tras constatar que la empresa implementó un sistema de incentivos económicos dirigidos a sus auxiliares de farmacia para privilegiar la venta de determinados fármacos sobre otros, práctica conocida históricamente en Chile como «canela».

La medida sanitaria surge a raíz de una investigación periodística y denuncia realizada por Televisión Nacional de Chile (TVN), a través de su señal de noticias 24 Horas. El reportaje develó la existencia de campañas internas bajo consignas como «Tú también ganas», en las cuales se detallan instrucciones y un listado de 56 medicamentos con propuestas de cambio o «cambiazo». De acuerdo con los antecedentes expuestos por el medio, los dependientes de las sucursales recibían comisiones variables en pesos si lograban que los clientes prefirieron dichos productos específicos, contraviniendo de forma directa la legislación vigente.

El Marco Legal: Artículo 100 del Código Sanitario

La normativa en Chile es estricta al respecto. Desde la entrada en vigencia de la Ley de Fármacos I en 2014, el Artículo 100 del Código Sanitario prohíbe explícitamente cualquier incentivo financiero que induzca a privilegiar el uso de determinados productos farmacéuticos por parte de profesionales o auxiliares de los establecimientos de expendio. Esto busca asegurar el derecho del paciente a una compra informada y resguardar la bioequivalencia.

Sumario sanitario y posibles multas

Junto con la suspensión inmediata de actividades de las tres sucursales afectadas, el ISP inició un sumario sanitario. En esta instancia de investigación, Farmacias Ahumada deberá realizar sus descargos y demostrar que ha subsanado la irregularidad si aspira al alzamiento de la prohibición de funcionamiento (solicitud que la empresa ya ingresó para intentar retomar operaciones).

De confirmarse las responsabilidades, la cadena arriesga sanciones económicas severas que van desde las 0,1 hasta las 1.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) —lo que equivale a un máximo de más de $71 millones de pesos por infracción—, además de eventuales sanciones accesorias para los directores técnicos de dichos recintos.

Un problema histórico en el sector farmacéutico chileno

Esta no es una situación aislada en el retail farmacéutico del país. Al revisar el historial de fiscalizaciones del Instituto de Salud Pública y los registros judiciales en Chile, se evidencia un patrón de este tipo de prácticas:

  • Historial de sanciones del ISP: En años anteriores, el organismo sanitario ha cursado multas y ha decretado la cancelación de autorizaciones sanitarias o clausuras temporales a locales de las tres principales cadenas del mercado (Ahumada, Cruz Verde y Salcobrand) por mecanismos similares.
  • Fiscalizaciones previas: El ISP ha documentado en inspecciones pasadas la presencia de contratos laborales estructurados en base a metas de productos específicos, concursos internos para los vendedores y pantallas en los puntos de venta (POS) configuradas con alertas para inducir el cambio del medicamento prescrito.

Desde el punto de vista de la salud pública, agrupaciones de consumidores como la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus) y académicos del área farmacéutica han insistido permanentemente en que las farmacias deben operar bajo el estándar de un centro de salud y no meramente como un comercio retail. La persistencia de la «canela» altera el uso racional de los medicamentos, afecta el bolsillo de los pacientes y desestima los esfuerzos de la bioequivalencia, que busca ofrecer alternativas idénticas en calidad y sustancialmente más económicas para la población.

Google News Portal Red Salud

Síguenos Google Noticias 
Equipo Prensa
Portal Red Salud